VUELOS REGULARES
No olvide chequear entre 24 y 48 horas antes de cada vuelo el estado del mismo (por posibles reprogramaciones). La presentación en el aeropuerto debe ser de 2 horas previas a la salida del mismo para vuelos domésticos y de 3 horas para vuelos internacionales.
Pasado dicho plazo, la compañía podrá disponer de los lugares.
Sugerimos hacer el web check in, lo cual facilita reservar asiento, obtener la tarjeta de embarque y evitar filas en aeropuertos.
Para obtener una lista completa de los artículos no permitidos por la Transportation Security Administration, TSA, visite el sitio http://www.tsa.gov o consulte en nuestras oficinas. Revisa su equipaje por última vez antes de salir al aeropuerto.
TRASLADOS CONTRATADOS
A su llegada a destino, un representante lo esperará con un cartel con su nombre y apellido, con el nombre de nuestra empresa, o bien el de la prestadora del servicio. En caso de que se produzca un desencuentro, comuníquese a los teléfonos indicados en el voucher, para recibir asistencia inmediata.
ALOJAMIENTO
En general el horario de ingreso en los hoteles es a las 15:00 hs. En caso de arribar en un horario anticipado, su ingreso quedará sujeto a la disponibilidad del establecimiento. El horario de salida es a las 10:00 hs.
En caso de querer permanecer más tiempo y habiendo disponibilidad, el hotel le informará el importe adicional para poder efectuar un Late Check Out.
ALQUILER DE AUTOS
Debe llevar su carnet de conducir, carnet internacional y tarjeta de crédito internacional.
ASISTENCIA AL VIAJERO
Para disfrutar de unas vacaciones, viaje de negocios o de estudios recomendamos contratar una asistencia al Viajero, que lo asistirá ante cualquier inconveniente que surja durante su viaje.
En la actualidad hay muchos países que la exigen como un Requisito de Ingreso. Consulte con su asesor de viajes quien le recomendará el seguro adecuado para que viaje tranquilo y seguro.
RECUERDE VERIFICAR SIEMPRE SU DOCUMENTACIÓN DE VIAJE
Todo pasajero es responsable exclusivo de tener su documentación personal y familiar en regla al momento de viajar al exterior, según las leyes de los países que visiten. Será por cuenta del pasajero impulsar las gestiones necesarias para obtener dicha documentación, así como los eventuales gastos que ello irrogue. Se deja constancia que Coopeviajes.com en su carácter de intermediaria de viajes y de conformidad a la normativa vigente y aplicable en la materia, no es responsable por restricción o denegatoria de ingreso que contra el pasajero decidan indistintamente las autoridades competentes del estado visitado que se trate. En especial, ante documentación insuficiente, inválida o vencida, o cuando ello obedezca a causas o decisiones judiciales y / o policiales, o por carecer de los requisitos exigidos. En cualquier caso, serán por cuenta del viajero los gastos que en consecuencia se originen. (Recomendamos leer “Documentación personal obligatoria requerida para salir de Argentina”).
DOCUMENTACIÓN PERSONAL OBLIGATORIA REQUERIDA PARA SALIR DE ARGENTINA (RESIDENTES)
ACLARACIÓN MUY IMPORTANTE: Los siguientes puntos son susceptibles de ser modificados sin previo aviso por las autoridades competentes de cada Estado según corresponda. La siguiente enumeración es sólo enunciativa y no taxativa, y se brinda exclusivamente a título informativo y al sólo efecto de orientar al pasajero respecto de su obligación de portar la documentación pertinente para salir del país. Coopeviajes.com en su exclusivo carácter de intermediaria y de conformidad a las normas vigentes y aplicables, y a los principios generales de derecho, no asume ni tiene como tal la responsabilidad alguna derivada de las modificaciones que pudieren producirse en extraña jurisdicción respecto de aquella, ni de la que surja por el incumplimiento de parte del pasajero de la citada obligación. Para mayor información dirigirse a: www.migraciones.gov.ar
ARGENTINOS CON DESTINO A PAISES DEL MERCOSUR
Documento Nacional de Identidad (DNI) en versión DNi Digital, Tarjeta O Libreta Celeste Digital o Pasaporte vigente y en buenas condiciones.
No válidos: DNI escritos a mano (tapa verde, bordó, y libreta celeste), constancia de DNI en trámite y documentos deteriorados.
ARGENTINOS PARA OTROS PAÍSES NO MERCOSUR
1) Pasaporte Vigente y en buenas condiciones
2) Visas y otros recaudos: expresamente se recomienda consultar en cada caso si en el país anfitrión se requiere algún visado y /u otras posibles condiciones y / o requisitos para ingresar y que deban ser tenidos en cuenta por el pasajero (vacunas, seguros, asistencia al viajero, pasaje de regreso, etc., según corresponda en cada caso).
ARGENTINOS PARA VIAJAR AL EXTERIOR, MENORES DE EDAD
1º renovación: para viajar al exterior a partir de los 5 años deben tener su NUEVO DNI con FOTO.
2º renovación: para viajar al exterior a partir de los 14 años, deben tener su NUEVO DNI con foto actualizada.
Recuerde que tener algún impedimento o restricción para salir del país (por Concursos, Quiebras, Causas Penales, etc) puede consultar su situación en la Dirección Nacional de Migraciones.
Nota: VALIDEZ DEL PASAPORTE ARGENTINO: Diez (10) años a partir de la fecha de su emisión o de la última reválida.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA ARGENTINOS MENORES DE 18 AÑOS.
Menores de edad (18 años) que viajan con ambos padres o con madre o padre viudo/a:
• Libreta de Matrimonio o Partida O Certificado de Nacimiento de los menores. (En caso de cónyuge fallecido: si en la Libreta de Matrimonio no consta el estado civil actual, deberá presentar Certificado o Acta de Defunción del cónyuge). Toda documentación mencionada anteriormente debe ser presentada en original o copia autenticada a los fines de acreditar identidad o vínculo invocado.
• DNI, o Pasaporte.
• Visa para ingresar al país de destino (en caso de corresponder).
Menores de edad (18 años) que viajan solo con uno de sus padres:
• Permiso o autorización del progenitor faltante, certificada ante Escribano Público y legalizada por el Colegio de Escribanos.
• Acta de Nacimiento o Libreta de Matrimonio.
• DNI o Pasaporte (valido y vigente).
• Visa para ingresar al país de destino (en caso de corresponder).
Menores de edad (18 años) que viajen solos:
• Permiso o Autorización de ambos padres, certificada ante Escribano Público y legalizada por el Colegio de Escribanos.
• DNI, o Pasaporte (valido y vigente).
Nota: Tener en cuenta que el cambio del DNI debe hacerse a los 5 y 14 años de edad. Asimismo, no es posible salir a otros países con el DNI en trámite, salvo que se viaje con Pasaporte. (Según el país a visitar). Todos los documentos deben estar vigentes y en buenas condiciones.
• Visa para ingresar al país de destino (en caso de corresponder).
-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Observaciones toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.
AUTORIZACIÓN DE MENORES
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz.
Autorización de validez única: Migraciones cuenta con un servicio de urgencia para el otorgamiento de la autorización que tiene validez por un sólo viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. Puede tramitarse en todas las delegaciones, oficinas migratorias, en el paso fronterizo donde se pretenda egresar, en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque y Puerto de Buenos Aires.
Para egresar del país las partidas, actas o certificados de nacimiento no requieren estar actualizadas, no obstante, de ello las partidas, actas o certificados de nacimiento deben ser originales o copias certificadas y encontrarse en buen estado de conservación.
– Todo trámite para entrar y salir del país es personal y presencial en los puestos de control migratorio.
Ley de Retracto
Código Civil y Comercial de la Nación (art. 1110 y subsgtes.)
ARTICULO 1110.- ”Revocación. En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato. Si la aceptación es posterior a la entrega del bien, el plazo debe comenzar a correr desde que esta última se produce. Si el plazo vence en día inhábil, se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. Las cláusulas, pactos o cualquier modalidad aceptada por el consumidor durante este período que tengan por resultado la imposibilidad de ejercer el derecho de revocación se tienen por no escritos.” (…)
ARTICULO 1112.- ”Forma y plazo para notificar la revocación. La revocación debe ser notificada al proveedor por escrito o medios electrónicos o similares, o mediante la devolución de la cosa dentro del plazo de diez días computados conforme a lo previsto en el artículo 1110.”